Respuesta corta
El RESICO conviene a médicos con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos al año y pocos gastos, porque pagan entre 1 % y 2.5 % de ISR sobre lo cobrado. Si tienes consultorio propio, personal o equipo costoso, el régimen de Actividad Empresarial y Profesional suele salir más barato porque permite deducir.
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) cambió la forma en que muchos médicos pagan impuestos. Para algunos significa pagar mucho menos; para otros, perder deducciones que valían más que la tasa baja. La diferencia está en tus números.
Cómo funciona el RESICO para personas físicas
En RESICO pagas ISR sobre tus ingresos cobrados, sin restar gastos. La tasa depende de cuánto cobraste en el mes:
| Ingresos mensuales cobrados | Tasa de ISR |
|---|---|
| Hasta $25,000 | 1.00 % |
| Hasta $50,000 | 1.10 % |
| Hasta $83,333.33 | 1.50 % |
| Hasta $208,333.33 | 2.00 % |
| Hasta $3,500,000 al año | 2.50 % |
El pago se presenta a más tardar el día 17 del mes siguiente, y además hay una declaración anual.
Cuando facturas a una persona moral (un hospital, una clínica constituida como sociedad o una aseguradora), esta te retiene 1.25 % de ISR en lugar del 10 % que se retiene en Actividad Profesional. Esa retención se acredita contra tu pago mensual.
Quién no puede estar en RESICO
Aunque tus ingresos estén por debajo del límite, no puedes tributar en RESICO si:
- Eres socio o accionista de una persona moral, por ejemplo de un hospital o de una sociedad que opera un consultorio.
- Eres residente en el extranjero con establecimiento permanente en México.
- Recibes ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
La primera exclusión es la que más afecta a médicos: es común tener acciones de un hospital privado o de una sociedad médica.
Cuándo conviene el RESICO
Conviene cuando tus gastos deducibles son bajos en proporción a tus ingresos. Por ejemplo, un médico que da consulta en un consultorio prestado o compartido, sin personal propio y que factura principalmente a pacientes.
Ejemplo simplificado: si cobras $80,000 al mes, en RESICO pagas 1.5 %, es decir, $1,200 de ISR. Para pagar menos en Actividad Profesional necesitarías gastos deducibles muy altos.
Cuándo conviene Actividad Empresarial y Profesional
En este régimen pagas ISR sobre la utilidad: ingresos menos deducciones autorizadas, con una tarifa progresiva que llega a 35 %. Suele convenir si tienes:
- Renta de consultorio y servicios.
- Sueldos de recepcionista, enfermería o asistentes, y sus cuotas al IMSS.
- Compra o arrendamiento de equipo médico.
- Gastos fuertes en material de curación, congresos y educación continua.
Además, en Actividad Profesional puedes aplicar tus deducciones personales en la declaración anual, algo que en RESICO no está disponible.
Cómo decidir
Compara los dos escenarios con tus ingresos y gastos de los últimos doce meses, no con estimaciones. Revisa también a quién facturas: si la mayor parte de tus ingresos viene de hospitales, la diferencia de retención (1.25 % contra 10 %) afecta tu flujo de efectivo cada mes.
En el diagnóstico fiscal hacemos ese cálculo con tus facturas reales y te decimos cuál régimen te conviene y cuánto ahorras al año.
Preguntas frecuentes
¿Un médico puede tributar en RESICO?
Sí. El RESICO admite personas físicas con actividad profesional, incluidos médicos, siempre que sus ingresos anuales no superen 3.5 millones de pesos y no sean socios o accionistas de una persona moral, entre otras exclusiones.
¿Cuánto ISR paga un médico en RESICO?
Entre 1 % y 2.5 % de los ingresos efectivamente cobrados en el mes, según el monto. No se restan gastos.
¿Puedo cambiarme de RESICO a Actividad Profesional?
Sí, presentando un aviso de actualización ante el SAT. Conviene hacerlo con un cálculo previo, porque el cambio aplica para todo el ejercicio.
Información general con base en la legislación fiscal vigente en México. No sustituye la revisión de tu caso particular.